¿Para qué actuaciones podrá solicitarse el auxilio judicial conforme al artículo 169 de la LEC?
- A.Para las actuaciones que hayan de efectuarse fuera de la circunscripción del tribunal que conozca del asunto, excluyendo los actos de reconocimiento judicial.
- B.Para las actuaciones que hayan de efectuarse fuera del término municipal en que tenga su sede el tribunal que las haya ordenado, pero dentro del partido judicial o circunscripción correspondiente.Respuesta correcta
- C.Para el interrogatorio de las partes en cualquier supuesto.
- D.Para la ratificación de los peritos en cualquier supuesto.
Explicación
El auxilio judicial se solicita para actuaciones judiciales que deben realizarse fuera del término municipal del tribunal que las ordenó, pero dentro de la misma circunscripción.