Conforme a la Ley del Registro Civil ¿cómo puede rectificarse un error cuya evidencia resulta de la confrontación con otra u otras inscripciones que hagan fe del hecho correspondiente?
- A.Por medio de un expediente de jurisdicción voluntaria.
- B.Por sentencia firme en juicio verbal.
- C.Por medio de un expediente gubernativo.Respuesta correcta
- D.Mediante comparecencia ante el Encargado del Registro Civil.
Explicación
Cuando existe un error en una inscripción del Registro Civil cuya corrección es evidente al confrontarla con otra u otras inscripciones que comprueban el hecho, la rectificación procede mediante expediente gubernativo. Este procedimiento más ágil se utiliza cuando la evidencia documental está clara gracias a otras inscripciones existentes. Cuando no existe esa confrontación documental, se requiere un expediente de jurisdicción voluntaria más formal. La rectificación del nombre propio o apellido tiene cauce procesal específico ante el encargado del Registro.