Los recursos que se deduzcan en relación con las disposiciones generales emanadas de las Entidades locales se conocerán:
- A.En primera instancia por los Juzgados de lo Contencioso-administrativo, y en segunda instancia por las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia.
- B.En única instancia por las Salas de lo Contencioso-Administrativo de los Tribunales Superiores de Justicia.Respuesta correcta
- C.En única instancia por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo.
- D.En única instancia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Explicación
Los ordenamientos jurídicos de las administraciones locales (ayuntamientos, diputaciones) generan disposiciones generales, como ordenanzas municipales. Cuando alguien quiere impugnar judicialmente una de estas normas locales, el conocimiento corresponde a un tribunal específico en segunda instancia. No hay una primera instancia ante un juzgado ordinario, sino que la Sala de lo Contencioso-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia conoce directamente y en única instancia, lo que agiliza la protección de derechos de los administrados.