En los juicios por delito leve, si el denunciado se domiciliara fuera de la demarcación del Juzgado:
- A.Tendrá obligación de comparecer al acto del juicio.
- B.No tendrá obligación de concurrir al acto del juicio, y podrá dirigir al juez escrito alegando lo que estime conveniente en su defensa.Respuesta correcta
- C.No tendrá obligación de concurrir al acto del juicio, pero deberá apoderar a abogado o procurador que presente en aquel acto las alegaciones y pruebas de descargo que tuviera.
- D.Tendrá obligación de concurrir al acto del juicio, y en caso de no hacerlo, tendrá que apoderar a abogado o procurador que presente en aquel acto las alegaciones y pruebas de descargo que tuviera.
Explicación
En los procesos por delitos leves, si el acusado no reside en la demarcación del juzgado, la ley le ofrece alternativas a la comparecencia presencial. El acusado puede enviar un escrito al juez exponiendo su defensa o designar un representante legal que comparezca en su lugar. Sin embargo, es importante aclarar que estas son opciones, no obligaciones. El acusado puede elegir cualquiera de estas vías o incluso una combinación de ellas según sus circunstancias.