Pregunta 17

Gestión Procesal y Administrativa - 2019 - Gestión Procesal y Administrativa

Según lo dispuesto en el art. 15 del Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales, los expedientes terminados con sentencia firme podrán ser remitidos para su conservación y custodia al Archivo Histórico Judicial Territorial, una vez transcurrido desde la firmeza de la resolución:

  • A.Un año.Respuesta correcta
  • B.Dos años.
  • C.Tres años.
  • D.Cinco años.

Explicación

Según el Real Decreto 937/2003 de Modernización de los Archivos Judiciales, los expedientes que han sido terminados por sentencia firme pueden ser remitidos para su conservación al Archivo Histórico Judicial Territorial. El requisito temporal es que haya transcurrido un año desde que la sentencia adquirió firmeza. Este plazo de un año permite que el expediente permanezca disponible en el juzgado para consultas relacionadas con posibles incidentes de ejecución o recursos extraordinarios antes de su traslado al archivo histórico para conservación a largo plazo.