En el procedimiento contencioso-administrativo, ¿cuándo deberá efectuarse la solicitud de suspensión de vigencia de los preceptos impugnados de una disposición general?
- A.En el escrito de interposición.
- B.En el escrito de demanda.
- C.En cualquier momento antes de la sentencia.
- D.En el escrito de interposición o en el de demanda.Respuesta correcta
Explicación
La solicitud de suspensión de vigencia de preceptos impugnados de una disposición general puede presentarse en dos momentos flexibles: en el escrito de interposición del recurso o en el escrito de demanda. Esta flexibilidad permite al recurrente disponer de más tiempo para evaluar si la medida cautelar de suspensión es conveniente para sus intereses. No queda vinculado a decidir en la interposición inicial, sino que puede cambiar su estrategia después de analizar la reacción de la administración demandada.