Pregunta 11

Gestión Procesal y Administrativa - 2009 - Gestión Procesal y Administrativa

En los procesos especiales sobre división judicial de patrimonios, no podrán solicitar la división judicial de la herencia:

  • A.Los coherederos.
  • B.Los herederos.
  • C.Los acreedores.Respuesta correcta
  • D.Los legatarios.

Explicación

La respuesta correcta es C. El artículo 782 de la Ley de Enjuiciamiento Civil establece que los acreedores no pueden instar la división judicial de la herencia, aunque conservan todas sus acciones contra la herencia, la comunidad hereditaria o los coherederos. Solo poseen legitimación activa para solicitar la división los herederos y coherederos, así como los legatarios de parte alícuota.