Las luces posteriores de posición deberán encenderse automáticamente siempre que el vehículo tenga encendidas cualquiera de las de carretera, cruce, delanteras de posición, la placa posterior de matrícula o las antiniebla:
- A.deberán encenderse automáticamente siempre que el vehículo tenga encendidas las de carretera, las de la cruz y la antinieblaRespuesta correcta
- B.deberán encenderse automáticamente si el vehículo tiene encendidas las de carretera, delanteras de posición, la placa posterior de matrícula y la antiniebla
- C.deberán encenderse automáticamente siempre que el vehículo tenga encendidas cualquiera de las de carretera, cruce, delanteras de posición, placa posterior y antiniebla
Explicación
El Reglamento General de Vehículos (RD 2822/1998) establece el régimen de alumbrado, incluido el funcionamiento de las luces posteriores de posición. La respuesta oficial es A, pero técnicamente la reproduce mejor la redacción reglamentaria.