Según el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, cuando se pretenda fundar el tratamiento de los datos en el consentimiento del afectado para una pluralidad de finalidades:
- A.No es preciso que conste de manera específica e inequívoca que dicho consentimiento se otorga para todas ellas.
- B.Será preciso que conste de manera específica e inequívoca que dicho consentimiento se otorga para todas ellas.Respuesta correcta
- C.Será suficiente con que dicho consentimiento se haya otorgado de manera específica para alguna de ellas.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 6.2 de la LOPDGDD establece que cuando se base el tratamiento de datos en consentimiento para múltiples finalidades, este debe constar de manera específica e inequívoca para todas ellas. Esta exigencia protege la autonomía informativa de los titulares.