¿Cuál de los siguientes no se considera interesado en el procedimiento administrativo según el artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas?
- A.Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte.
- B.Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en cualquier momento.Respuesta correcta
- C.Los que, iniciando el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. PRIMER EJERCICIO FASE DE OPOSICIÓN BOMBERO-A 67 - Modelo 1 Página 9 de 14
Explicación
La respuesta correcta es la B. Conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, se considera interesado quien pueda resultar afectado por la resolución siempre que se persone «en tanto no haya recaído resolución definitiva», límite temporal que la opción B desconoce al permitir personarse «en cualquier momento», por lo que esta opción no refleja correctamente la definición legal de interesado.