De acuerdo con el artículo 16 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, las tareas de las que son funciones del Cuerpo de Inspector son funciones de:
- A.Inspección y coordinación en tareas de prevención, extinción de incendios y salvamentos.
- B.Dirección y coordinación de unidades técnicas y operativas de nivel superior, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.Respuesta correcta
- C.Inspección y mando de unidades operativas y logísticas, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.
- D.Coordinación y mando de unidades técnicas y operativas de nivel intermedio, y otras específicas de prevención, inspección, extinción de incendios y salvamentos.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 16 del Decreto Legislativo 1/2006 establece que el Cuerpo de Inspector realiza funciones de dirección y coordinación de unidades técnicas y operativas de nivel superior, con responsabilidades en prevención, inspección, extinción y salvamentos.