De acuerdo con el artículo 26 del Decreto Legislativo 1/2006, de 28 de septiembre, para graduar las sanciones, además de las faltas objetivamente cometidas, deberán tenerse en cuenta otros factores, de acuerdo con el principio de:
- A.Intencionalidad.
- B.Reiteración.
- C.Economía procesal.
- D.Proporcionalidad.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es la D. El artículo 26 del Decreto Legislativo 1/2006 establece que la graduación de las sanciones debe regirse por el principio de proporcionalidad, considerando factores como la intencionalidad, la perturbación del servicio, los daños causados y la reincidencia.