El artículo 21.1 de la Constitución Española de 1978, reconoce el Derecho de reunión pacífica y sin armas:
- A.Sin autorización previa.Respuesta correcta
- B.Con autorización previa.
- C.El artículo 21.1 de la CE no trata sobre el Derecho de reunión.
- D.En lugares de tránsito público con comunicación previa a la autoridad.
Explicación
La respuesta correcta es la A. El artículo 21.1 de la Constitución Española establece que el derecho de reunión pacífica y sin armas no necesita autorización previa, a diferencia de regímenes anteriores que sí la exigían. Este es un derecho fundamental reconocido sin restricción de permisos previos.