De acuerdo con la Constitución Española de 1978, reconoce el Derecho de reunión pacífica y sin armas:
- A.Sin autorización previa.
- B.Con autorización previa.
- C.El artículo 21.1 de la CE no trata sobre el Derecho de reunión.
- D.En lugares de tránsito público con comunicación previa a la autoridad.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 21 de la Constitución Española reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. Aunque no se requiere autorización previa, en lugares de tránsito público y manifestaciones se debe comunicación previa a la autoridad, que puede prohibirlas solo si existen razones fundadas de alteración del orden público con peligro para personas o bienes.