Pregunta 49

Bomberos - 2023 - Bombero - Ayuntamiento de Sevilla (45 plazas)

Según el Plan Territorial de Emergencias de Andalucía, los Planes Específicos de Emergencias:

  • A.Aquellos elaborados para hacer frente a las emergencias producidas por riesgos, para los que la normativa emanada de la Administración General del Estado establezcan su regulación a través de la correspondiente Directriz Básica de Planificación de Protección Civil.
  • B.Aquellos elaborados para hacer frente a las emergencias generadas por riesgos de especial significación en Andalucía, cuya naturaleza requiera una metodología técnico-científica adecuada para ello, y así haya sido apreciada por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, mediante la aprobación de la norma marco, que en todo caso, establecerá el contenido mínimo al que deberán adaptarse los correspondientes planes específicos de emergencia.Respuesta correcta
  • C.Instrumentos de planificación general previstos para una actividad o sector determinado de actividad que establezcan, en todo caso, las disposiciones mínimas que los correspondientes planes territoriales deberán adaptar.

Explicación

La respuesta correcta es B. El Plan Territorial de Emergencias de Andalucía diferencia entre Planes Especiales (para riesgos establecidos en Directrices Básicas estatales) y Planes Específicos (para riesgos de especial significación en Andalucía sin directriz estatal, requiriendo metodología técnico-científica y marco normativo aprobado por el Consejo de Gobierno).