Según el artículo 27.3 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, fuera de los casos de los aparatos 1 y 2 del citado artículo, los tratamientos de datos referidos a infracciones y sanciones administrativas:
- A.Solo serán posibles cuando sean llevados a cabo por abogados y procuradores y tengan por objeto recoger la información facilitada por sus clientes en el ejercicio de sus funciones.
- B.Exige contar con el consentimiento del interesado.
- C.Solo pueden ser llevados a cabo por los órganos competentes para la imposición de las sanciones.
Explicación
Esta pregunta fue anulada por el tribunal.