Pregunta 32

Bomberos - 2023 - Bombero - Ayuntamiento de Sevilla (45 plazas)

El artículo 98 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, dispone que la suspensión provisional como medida cautelar en la tramitación de un expediente disciplinario no podrá exceder de:

  • A.Tres meses.
  • B.Seis meses.Respuesta correcta
  • C.Cuatro meses.

Explicación

La respuesta correcta es B. El artículo 98.3 del Texto Refundido del Estatuto Básico del Empleado Público establece que la suspensión provisional como medida cautelar en un expediente disciplinario no puede exceder de seis meses. La única excepción es cuando existe paralización del procedimiento imputable al interesado, en cuyo caso el plazo puede prorrogarse.