¿Cuál de estas faltas no es muy grave según el EBEP?
- A.Acoso laboral.
- B.Abandono del servicio.
- C.Descuido o negligencia en el ejercicio de sus funciones.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 95.2 del TREBEP enumera las faltas muy graves, incluyendo acoso laboral y abandono del servicio. Sin embargo, el descuido o negligencia en el ejercicio de funciones no está tipificado como falta muy grave, sino que sería falta grave o leve según las circunstancias.