Según el artículo 9 del Real Decreto 901/2020, de 13 de octubre, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro, el período de vigencia o duración de los planes de igualdad, salvo que se haya determinado, en su caso, por las partes negociadoras, no podrá ser superior:
- A.A cuatro años.Respuesta correcta
- B.A tres años.
- C.A dos años.
- D.A un año.
Explicación
La respuesta correcta es A. El Real Decreto 901/2020, artículo 9, establece que el período de vigencia de los planes de igualdad no podrá ser superior a cuatro años, salvo que las partes negociadoras determinen otra cosa. Este es el límite máximo legal para que un plan de igualdad sea válido.