Según el ADR las unidades de transporte deberán llevar placas-etiquetas de 25 cms de lado como mínimo, excepto las clases 1 y 7. Si el vehículo y la construcción del vehículo son tales que el superficie es insuficiente para fijar las placas-etiquetas, sus dimensiones pueden ser reducidas a:
- A.10 mm de lado.
- B.100 mm de lado.Respuesta correcta
- C.150 mm de lado.
- D.200 mm de lado.
Explicación
La respuesta correcta es B. El ADR establece placas-etiquetas de 250 mm de lado mínimo. Cuando el vehículo no permite instalarlas, se permiten reducidas a 100 mm de lado. La dimensión mínima de etiquetas reducidas según ADR es de 100 mm × 100 mm para cumplir con la normativa de transportes internacionales.