Según la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, ¿cuál de las siguientes facultades podrá ejercer el Presidente del Gobierno en funciones?
- A.Proponer al Rey la convocatoria de un referéndum consultivo.
- B.Plantear la cuestión de confianza.
- C.Proponer al Rey la disolución de alguna de las Cámaras, o de las Cortes Generales.
- D.Aprobar decretos leyes.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 21.5 de la Ley 50/1997 establece que el Gobierno en funciones puede aprobar Decretos-leyes en caso de extraordinaria y urgente necesidad, aunque está limitado en otras facultades.