Según la Ley 2/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, en cuanto a la tutela judicial efectiva regulada en su artículo 12, ¿quién es la persona legitimada en los litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo?
- A.Cualquier persona física o jurídica.
- B.Cualquier persona física que tenga un interés legítimo.
- C.Cualquier persona jurídica con un interés legítimo.
- D.La persona afectada.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 12 de la Ley 3/2007 de Igualdad establece que la legitimación en litigios sobre acoso sexual y acoso por razón de sexo corresponde a la persona acosada.