Conforme a lo previsto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se define la sede electrónica como:
- A.Un punto de acceso electrónico con código seguro de verificación vinculado a la Administración General del Estado.
- B.Aquella dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, o bien a una o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público en el ejercicio de sus competencias.Respuesta correcta
- C.El punto de acceso electrónico cuya titularidad corresponda a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público que permite el acceso a través de internet a la información publicada.
- D.La actuación administrativa automatizada de cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública.
Explicación
La respuesta correcta es la B. La Ley 40/2015 define sede electrónica como aquella dirección electrónica disponible para ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, de titularidad de una Administración Pública u organismo público. Portal de internet y actuación automatizada son conceptos distintos regulados separadamente.