Según la Ley Orgánica 3/1981, de 6 de abril, del Defensor del Pueblo, puede dirigirse al Defensor del Pueblo:
- A.Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, sin restricción alguna.
- B.Toda persona natural o jurídica que invoque un interés legítimo, siempre que sean nacionales españoles o residentes en España.
- C.Toda persona natural que invoque un interés legítimo, pero no las personas jurídicas.Respuesta correcta
- D.Toda persona natural que invoque un interés legítimo, excepto las personas menores de edad.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según la Ley Orgánica 3/1981, del Defensor del Pueblo, pueden dirigirse a esta institución toda persona natural que invoque un interés legítimo, pero NO las personas jurídicas (empresas, asociaciones, fundaciones).