Según el artículo 161 de la Constitución Española de 1978, el Tribunal Constitucional:
- A.Dicta sentencias que pueden ser objeto de recurso por los órganos colegiados ejecutivos de las Comunidades Autónomas.
- B.Es competente para conocer de los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí.Respuesta correcta
- C.Es el órgano jurisdiccional superior en todos los órdenes.
- D.Tiene jurisdicción en aquellas Comunidades que explícitamente lo reconozcan en sus Estatutos de Autonomía, sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al Tribunal Supremo.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 161.1.c) de la Constitución establece que el Tribunal Constitucional es competente para conocer de conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas, o entre éstas entre sí.