Conforme establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la Administración podrá convalidar un acto si:
- A.El acto es nulo de pleno derecho y el vicio consiste en incompetencia jerárquica.
- B.El acto es nulo de pleno derecho y el vicio consiste en incompetencia funcional.
- C.El acto es anulable y el vicio consiste en incompetencia jerárquica.Respuesta correcta
- D.El acto es anulable y el vicio consiste en incompetencia por razón de la materia.
Explicación
La respuesta correcta es C. La convalidación es posible solo para actos anulables y especialmente cuando hay incompetencia jerárquica, no cuando existe incompetencia funcional, según el artículo 52 de la Ley 39/2015.