Según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respecto del cómputo de plazos, cuando un día es hábil en el municipio o Comunidad Autónoma en que reside el interesado e inhábil en la sede del órgano administrativo, se considerará:
- A.Inhábil en todo caso.
- B.Hábil en la sede del órgano administrativo.
- C.Hábil en todo caso.Respuesta correcta
- D.No se prevé esta casuística en la Ley 39/2015.
Explicación
La respuesta correcta es C. Según la Ley 39/2015, art. 30.5, si un día es hábil en el municipio del interesado pero inhábil en la sede del órgano, se considera inhábil en todo caso para el cómputo.