Pregunta 82

Administrativo del Estado - 2024 - Administrativo del Estado (C1)

[CONTEXTO SUPUESTO I] Dña. Estela Sánchez Ruiz, funcionaria del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, viene ocupando un puesto en comisión de servicios desde hace un año, desempeñando Jefatura de Servicio de Procedimientos Administrativos, de nivel de complemento de destino 26, adscrito a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La persona titular de la Subdirección General a la que está adscrita dicha funcionaria le encarga que prepare el borrador de una convocatoria de subvenciones para agricultores afectados por la sequía en las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura. Además, a Dña. Estela también se le encarga que informe sobre un recurso de alzada que se ha recibido en la Subdirección General. La mencionada funcionaria considera que cada vez recibe más encargos y está pensando seriamente cambiar de puesto de trabajo o promocionar a otro Cuerpo, al considerar mal retribuida. Incluso ha llegado a plantear en algunos sucesivos artículos la posibilidad de que se contrate a alguien para que le ayude en sus tareas. Y es que la situación le está creando cierto estrés y dudas incluso de que esté gestionando adecuadamente toda la información que maneja, con posibles errores en lo referente a la protección de datos, lo cual la produce el temor de poder ser sancionada o, incluso, cesada en el puesto. [Pregunta 12 del supuesto]: No obstante las posibilidades que se está planteando Dña. Estela, esta también considera la posibilidad de promocionar a un cuerpo o escala de un subgrupo superior, como, por ejemplo, el Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. ¿Sería posible en el caso de esta funcionaria?

  • A.Sí, siempre y cuando supere la oposición.
  • B.Sería posible si dicha funcionaria tiene una antigüedad de, al menos, dos años en el Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado y posee la titulación y el resto de los requisitos establecidos con carácter general para el acceso al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.Respuesta correcta
  • C.Sería posible siempre que se haga a través de los procedimientos previstos en el Estatuto Básico del Empleado Público, en el convenio colectivo correspondiente.
  • D.Sería posible siempre y cuando concurra a los sistemas de evaluación que la Administración General del Estado determine, dándose audiencia a la interesada, y por la correspondiente resolución motivada.

Explicación

Dña. Estela pertenece al Cuerpo de Gestión de la AGE (subgrupo A2) y quiere acceder al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado (subgrupo A1).