[CONTEXTO SUPUESTO I] Dña. Estela Sánchez Ruiz, funcionaria del Cuerpo de Gestión de la Administración Civil del Estado, viene ocupando un puesto en comisión de servicios desde hace un año, desempeñando Jefatura de Servicio de Procedimientos Administrativos, de nivel de complemento de destino 26, adscrito a la Subsecretaría del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La persona titular de la Subdirección General a la que está adscrita dicha funcionaria le encarga que prepare el borrador de una convocatoria de subvenciones para agricultores afectados por la sequía en las comunidades autónomas de Madrid, Castilla-La Mancha y Extremadura. Además, a Dña. Estela también se le encarga que informe sobre un recurso de alzada que se ha recibido en la Subdirección General. La mencionada funcionaria considera que cada vez recibe más encargos y está pensando seriamente cambiar de puesto de trabajo o promocionar a otro Cuerpo, al considerar mal retribuida. Incluso ha llegado a plantear en algunos sucesivos artículos la posibilidad de que se contrate a alguien para que le ayude en sus tareas. Y es que la situación le está creando cierto estrés y dudas incluso de que esté gestionando adecuadamente toda la información que maneja, con posibles errores en lo referente a la protección de datos, lo cual la produce el temor de poder ser sancionada o, incluso, cesada en el puesto. [Pregunta 3 del supuesto]: Pero Dña. Estela, antes de terminar su informe sobre el recurso de alzada, se da cuenta de que a ella se le ha solicitado informe sobre un recurso de alzada, pero el recurrente lo ha calificado como recurso de reposición, calificación que ella considera claramente como errónea. ¿Cuál de las siguientes es la actuación correcta?:
- A.Propone suspender la tramitación del recurso por calificación errónea por parte del recurrente.
- B.Propone continuar con la tramitación del recurso, dado que del recurso presentado se deduce su verdadero carácter de recurso de alzada.Respuesta correcta
- C.Propone la inadmisión del recurso por carecer manifiestamente de fundamento.
- D.Propone la suspensión de la eficacia y su publicación en el Boletín Oficial del Estado.