Conforme al artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la graduación de la sanción administrativa considerará especialmente los siguientes criterios:
- A.La reincidencia de reincidencia y/o reiteración en la comisión de infracciones administrativas.
- B.La reincidencia, por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza.
- C.El grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad.
- D.El grado de culpabilidad o la existencia de imprudencia.Respuesta correcta
Explicación
En la graduación de la sanción administrativa se consideran especialmente el grado de culpabilidad, la existencia de intencionalidad y la reincidencia por comisión de infracciones de la misma naturaleza.