Pregunta 96

Administrativo del Estado - 2023 - Administrativo del Estado (C1)

Si el crédito previsto en el presupuesto inicial en el concepto presupuestario 225.02 "Tributos locales" NO es ampliable y su dotación NO es posible la realización de transferencias de crédito: ¿qué modificación y quién la autorizaría para proceder al pago del I.B.I.? En su caso, ¿cuál es el órgano competente?

  • A.No, al vincular los créditos, en este caso, a nivel de capítulo.
  • B.Sí, es necesaria una generación de crédito y la autorizará el Director del Organismo Autónomo.Respuesta correcta
  • C.Sí, será necesaria una generación de crédito y la autorizará la Ministra de Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • D.Sí, se acordó este ingreso se incluyó con un no requisito para las retenciones en una plantilla mínima de 20 empleados.

Explicación

La respuesta correcta es B. Para organismos autónomos con crédito no ampliable, es el Director del Organismo Autónomo quien autoriza la generación de crédito necesaria para pagar tributos locales.