SUPUESTO I. María García, que actúa en representación de la empresa “Investigaciones MEDS S.L”., aunque no ha acreditado suficientemente dicha representación, presenta el 15 de enero de 2023, ante el Registro General de la Secretaría de Estado de Función Pública, solicitud para llevar a cabo actividades de investigación científica para poder desarrollar un nuevo fármaco antihistamínico, que deben ser autorizadas por el Ministerio de Sanidad, según establece la normativa vigente. Según dicha normativa, los procedimientos de autorización de investigación de fármacos se rigen por lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; además, la normativa de investigación no fija el plazo máximo para resolver el procedimiento, ni determina el sentido del silencio administrativo. La solicitud de autorización presentada por Doña María tiene fecha de registro de entrada en el Ministerio de Sanidad el 18 de enero y el acuerdo de inicio del procedimiento es del día 20 de enero. Por otro lado, Juan Antonio Domínguez es funcionario de carrera del Cuerpo General Auxiliar de la Administración del Estado desde el 20 de enero de 2019, ocupando desde esa fecha y hasta el 24 de junio de 2023 un puesto de nivel 14. En 2023 ingresa por promoción interna en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado y el 24 de junio toma posesión de su nuevo puesto de nivel ¿Podría imponerse la sanción de suspensión de funciones a Marcos Rasa por la falta cometida?
- A.No, la suspensión de funciones sólo podrá imponerse por la comisión de faltas graves o muy graves.Respuesta correcta
- B.No, la suspensión de funciones sólo podrá imponerse por la comisión de faltas muy graves.
- C.Sí, si la falta leve por negligencia se repite cuatro o más veces en un periodo de tres meses puede suponer la imposición de suspensión de funciones.
- D.Sí, la falta leve por negligencia en el ejercicio de las funciones del funcionario podrá suponer la imposición de la sanción de suspensión de funciones por un periodo no superior a tres meses.