Pregunta 122

Administrativo del Estado - 2023 - Administrativo del Estado (C1)

Juana Medina debido a una caída se ha roto el brazo y ha tenido que permanecer en situación de incapacidad temporal durante 7 meses. Como funcionaria del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, está protegida por el régimen especial de los funcionarios civiles del Estado a través del mutualismo administrativo. ¿A partir de qué momento el órgano de personal le pagará las retribuciones básicas y Muface (Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado) le empezará a pagar el subsidio de incapacidad temporal (IT)?

  • A.A partir del tercer día.
  • B.A partir del día 91.Respuesta correcta
  • C.A los funcionarios acogidos al régimen del mutualismo administrativo les paga durante toda la situación de IT el órgano de personal.
  • D.La prestación de IT siempre la paga el INSS independientemente del régimen que proteja al funcionario.

Explicación

La respuesta correcta es la B. En el régimen especial de mutualismo administrativo, el órgano de personal abona las retribuciones completas durante los primeros 90 días de incapacidad temporal, y a partir del día 91, MUFACE comienza a abonar el subsidio de incapacidad temporal.