El Estatuto Básico del Empleado Público establece que para poder participar en los procesos de promoción interna los funcionarios deberán poseer, entre otros requisitos, una antigüedad en el Subgrupo inferior, o Grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo de, al menos:
- A.Depende del Subgrupo o Grupo al que se pretenda acceder.
- B.Tres años continuados en el puesto desde el que se presenta a la promoción interna.
- C.Dos años de servicio activo.Respuesta correcta
- D.Tres años de servicio activo.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 18.2 del TREBEP exige para la promoción interna una antigüedad mínima de dos años de servicio activo en el Subgrupo o Grupo inferior de clasificación profesional. Ese período debe acreditarse en servicio efectivo, no en situaciones de inactividad. Los tres años mencionados en otras opciones no coinciden con la regulación estatutaria.