De conformidad con la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en todo caso, la cuantía global de los anticipos de caja fija NO podrá superar para cada ministerio u organismo autónomo:
- A.El 5 % del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento.
- B.El 7 % del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente en cada momento.Respuesta correcta
- C.El 10 % del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente er cada momento,
- D.El 20 % del total de créditos del capítulo destinado a gastos corrientes en bienes y servicios del presupuesto vigente er cada momento.
Explicación
La respuesta correcta es B. La Ley 47/2003 General Presupuestaria regula los anticipos de caja fija, que son habilitaciones de fondos permanentes para atender gastos periódicos o repetitivos de escasa cuantía. El artículo correspondiente establece que la cuantía global de los anticipos de caja fija no podrá superar para cada ministerio u organismo autónomo el 7% del total de créditos del capítulo destinado a gastos corriente.