Según la Ley Reguladora de las Bases del Régimen local, ¿cuál de los siguientes servicios NO es de prestación obligatoria en cualquier municipio, con independencia del número de habitantes?
- A.Alumbrado público.
- B.Cementerio.
- C.Alcantarillado.
- D.Parque público.Respuesta correcta
Explicación
El artículo 26.1 de la LRBRL establece servicios mínimos obligatorios en todos los municipios: alumbrado, cementerio, residuos, limpieza viaria, agua potable, alcantarillado, acceso y pavimentación. El parque público es obligatorio solo en municipios con más de 5.000 habitantes.