Supuesto III — Gestión Financiera: El Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, modificó la estructura ministerial, de manera que las competencias en materia de función pública y de administración periférica, que en ese momento correspondían al Ministerio de la Presidencia, pasaron a ser desempeñadas por el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública. No obstante, dado que, en el momento de aprobación del citado Real Decreto, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2011 ya estaba en tramitación parlamentaria, el presupuesto inicial de 2011 no se adecua a esta estructura ministerial, incluyendo ciertos programas presupuestarios que se refieren a competencias del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (sección 22) en la sección 25 (Ministerio de la Presidencia). No obstante, a principios del año 2021 se han adoptado una serie de medidas, como consecuencia de las cuales actualmente el Ministerio de Política Territorial y Administración Pública gestiona los siguientes programas presupuestarios: — Servicio 01. MINISTERIO, SUBSECRETARÍA Y SERVICIOS GENERALES. 467G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información. 922Q Dirección y Servicios Generales de Política Territorial. 921P Administración periférica del Estado — Servicio 02. SECRETARÍA DE ESTADO PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA. 467G Investigación y desarrollo de la Sociedad de la Información. 921N Dirección y organización de la Administración Pública. — Servicio 03. SECRETARÍA DE ESTADO DE COOPERACIÓN TERRITORIAL. 922M Organización territorial del Estado y desarrollo de los sistemas de colaboración 942A Cooperación económica local del Estado. En el actual contexto de restricciones presupuestarias, se plantean varias cuestiones a los gestores del Departamento: — Las proyecciones de gasto realizadas muestran una insuficiencia de dotación económica para algunas de las nóminas del personal destinado en Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno, que se financian con cargo al programa 921P. — Por Resolución de 11 de mayo de 2011, el INAP aprobó la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación unitarios e interdepartamentales, en el ámbito de la Administración del Estado, concediendo una subvención por un importe de 423.816 euros a la Dirección General de Coordinación de la Administración Periférica del Estado del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública. — Por imperativo de ejecución presupuestaria, se prevé un excedente en las inversiones de 1,5 millones de euros. — Tras el terremoto sufrido en Lorca, ha sido preciso clausurar la Oficina de Extranjería ubicada en una localidad de esta nueva sede. En relación con el supuesto planteado, se formulan las siguientes preguntas: ¿Pueden abonarse las nóminas de los funcionarios (artículo 12 de la clasificación económica del gasto) destinados en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno con los remanentes previstos en los créditos destinados al personal laboral (artículo 13 de la clasificación económica del gasto) destinado en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno (ambos casos)?:
- A.Sí, porque los créditos se encuentran en el mismo programa presupuestario.
- B.Sí, porque se trata de cuantías que se encuentran en el mismo capítulo.
- C.Sí, porque ambos créditos se incluyen en una misma vinculación.Respuesta correcta
- D.No, porque no es posible subsanar insuficiencias cuando el origen esté en el presupuesto inicial aprobado por las Cortes Generales.