Según el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (en adelante Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa), el plazo para interponer el recurso contencioso administrativo será de:
- A.Seis meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
- B.Tres meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
- C.Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.Respuesta correcta
- D.Cinco meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada o al de la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 46.1 de la Ley 29/1998 de Jurisdicción Contencioso-Administrativa establece que el plazo general para interponer recurso contencioso-administrativo es de dos meses, contados desde la notificación del acto o la publicación de la disposición impugnada.